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HASTA 3 AÑOS DE PRISIÓN A QUIEN SABIENDO QUE TIENE COVID-19 NO TOME LAS MEDIDAS NECESARIAS Y CONTAGIE A OTRAS PERSONAS.

-Además, será tipificado como delito a quien simule aplicar un medicamento.


El diputado local Ricardo Villareal Loo, propuso una iniciativa dónde se pretende que la administración simulada de medicamentos en tratamientos médicos o emergencias epidemiológicas, así como el peligro de contagio sean considerados como delitos.

De esta forma, alguien que a sabiendas de que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por cualquier medio transmisible, siempre y cuando la víctima desconozca esta circunstancia, se le impondrán prisión de tres meses a tres años y sanción pecuniaria de treinta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

“Esta conducta se perseguirá por querella de la víctima u ofendido. Si la enfermedad objeto del contagio fuera incurable, se impondrá prisión de seis meses a seis años, y sanción pecuniaria, de seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización”.

De igual forma, a aquellas personas que realicen conductas de simulación, como en el caso de la aplicación de vacunas contra Covid, de que se han estacado algunos casos a nivel nacional, en el que adultos mayores no fueron inmunizados de manera correcta, lo que genera el riesgo de contagio.

“Por ello se propone adicionar al Código Penal en el Título reservado a los delitos contra la vida y la integridad corporal, un Capítulo VIII, denominado De la Administración Simulada de Medicamentos, en el cual se estipule que comete esta conducta quien simule, finja o haga creer al paciente o a terceros la administración de un medicamento, tratamiento, vacuna o insumo de aplicación terapéutica, o bien administre medicamentos falsos con conocimiento de ello”.

Cabe destacar que el Artículo 126 señala que “Comete el delito de homicidio quien priva de la vida a otro. Incurre en homicidio por omisión, quien, teniendo el deber de cuidado hacia un enfermo, incapaz, o menor por razones de cercanía o parentesco se abstenga de prestarle protección o impida su tratamiento médico, influyendo con tal indolencia en su muerte. 

Por lo que proponen adicionar que de igual forma comete el delito de administración simulada de medicamentos quien simule, finja o haga creer al paciente o a terceros la administración de un medicamento, tratamiento, vacuna o insumo de aplicación terapéutica, o bien administre medicamentos falsos con conocimiento de ello.

"Este delito se sancionará con de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización. Los profesionales del ramo de la salud que cometan este delito, serán inhabilitados para el desempeño de su profesión por el mismo lapso de la sanción corporal impuesta, una vez cumplida ésta, o definitivamente según la gravedad del hecho”. 

En el caso de que esta conducta se presente durante en la implementación de medidas relacionadas a la ocurrencia de un fenómeno epidemiológico, las penas se aumentarán en un tercio.


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