SE DEBE
ERRADICAR LA DIFUSIÓN DE IMÁGENES DE LAS VÍCTIMAS A TRAVÉS DE DISTINTOS MEDIOS
El Congreso del Estado armonizará a la brevedad el Código
Penal del Estado con las disposiciones de la llamada “Ley Ingrid” que aprobó la
Cámara de Diputados, a fin de sancionar con 4 a 10 años de prisión a
funcionarios públicos que filtren y difundan imágenes de víctimas de delitos,
especialmente de mujeres y menores de edad.
La vocal de la comisión de Seguridad Pública, Prevención
y Reinserción Social aseguró que será necesario hacer las adecuaciones
correspondientes a los ordenamientos locales, para proteger a las víctimas a
fin de que servidores públicos no difundan las imágenes en cualquier medio,
como ha ocurrido en diversas ocasiones.
Al incurrir en estas prácticas, no solo se vulneran los
derechos de la víctima sino que se afecta la escena de los hechos y se
entorpecen las investigaciones, se lastima a las familias, se genera morbo y se
afecta al público que tiene acceso a las imágenes, principalmente a las niñas,
niños y adolescentes.
No se puede permitir la normalización de imágenes de
víctimas ni que los servidores públicos las difundan sin que haya
consecuencias, por eso es importante que a la brevedad en San Luis Potosí se
trabaje en la elaboración de las adecuaciones al Código Penal y demás
ordenamientos que tengan relación con este tema.
Se consideró que hay servidores públicos a los que “se
les hace fácil” dar a conocer imágenes de hechos lamentables con todas las
consecuencias que ello implica, por lo que es muy importante que se haya
aprobado esa ley que era necesaria y que en San Luis muy pronto deberá estar en
los ordenamientos locales.
La “Ley Ingrid” surge a raíz de la difusión indebida en
redes sociales y medios de comunicación de las imágenes de un feminicidio
ocurrido en la Ciudad de México el 9 de febrero de 2020; la divulgación masiva
del cuerpo de Ingrid conmocionó a la sociedad que indignada exigió que pararan
las filtraciones del expediente de la Fiscalía.
Las conductas que vulneran estos derechos y deben ser erradicadas
son: difundir, transmitir, revelar, publicar, exponer, remitir, distribuir,
videograbar, audiograbar, fonograbar, filmar, reproducir, comercializar,
ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos o documentos,
relacionados con hallazgos, indicios, evidencias, objetos o instrumentos
vinculados a un procedimiento penal o a una investigación relacionados con un
hecho delictivo.
Al sancionar y evitar las filtraciones, y la exposición
masiva ante los medios y redes sociales se busca: preservar la dignidad de las
víctimas y sus familiares. Disminuir el daño que sufren las víctimas, al evitar
que sean revictimizadas. Erradicar la normalización de la violencia ejercida
contra todas las personas, pero principalmente contra las mujeres, niñas o
adolescentes. Sancionar a los servidores públicos.
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