Un estudiante de bachilleres tramitó un amparo en contra del reglamento interno del plantel número Tres del Colegio de Bachilleres (Cobach) del Estado de Chihuahua y lo ganó. Esto, tras la indicación que le realizaron el pasado 27 de abril del presente año de que no se le iba a permitir el acceso al plantel, si no se cortaba el cabello y despintaba sus uñas.
El artículo IV del Reglamento Interior de Convivencia Escolar para el Alumnado del Cobach del Estado de Chihuahua en su fracción XII, indica que queda prohibido a todos los alumnos y alumnas el uso de piercings, exhibición de tatuajes, el uso del pantalón corto, huaraches, lentes obscuros, cachuchas, sombreros, camisas o camisetas de tirantes y accesorios o joyería con características punzocortantes; en hombres, el uso de aretes, cabello largo y marcas en el cuero cabelludo y, en mujeres, minifaldas, escotes prolongados y cabello teñido.
El Cobach en su defensa, señaló que en su momento tanto el quejoso como su tutor se comprometieron por escrito a asumir los derechos y deberes impuestos por la institución educativa, sin embargo, la justicia resolvió que dicho reglamento atiende a la imposición arbitraria de un modelo de apariencia personal a los alumnos que a todas luces contraviene los derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Flor Verenisse Gómez Peinado, Jueza Primera de Distrito en el Estado de Chihuahua resolvió a favor del alumno, ya que consideró que no se debe condicionar el acceso de los alumnos al plantel con base en su apariencia física y obligar a cortarse el pelo y despintarse las uñas se considera una conducta excluyente y discriminatoria.
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