EL CONGRESO
DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE AGUAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
El Pleno
del Congreso del Estado aprobó por unanimidad, la reforma a diversos artículos
de la Ley de Aguas del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que el
aparato medidor y su instalación para la verificación del consumo de agua del
servicio público, serán suministrados a los usuarios por el prestador de
servicios a la firma del contrato, sin que medie un costo adicional por ello.
Se
indica que el costo de dicho instrumento de medición debe ser asumido por el
prestador del servicio, el cual al momento de integrar la cuota o tarifa debe
de indexar el valor del mismo; por tanto, para evitar que se haga un doble
cobro por el citado aparato se determina eliminar de la normativa tal
contraprestación.
De
igual manera, la instalación y reposición del medidor para descargas, tampoco
se cobrará al usuario de tipo doméstico, pagándolo solamente el usuario
comercial e industrial.
Por
otro lado, también en el caso del cobro que se hace por la reconstrucción del
pavimento, la guarnición o la banqueta, con motivo de la instalación de la toma
o las descargas, este costo lo asume el prestador del servicio y no el usuario,
ya que esta actividad se realiza en la vía pública y no en el predio.
También
se establece que el pago que haga el usuario por el servicio que recibe podrá
ser mensual o bimestral, según lo determine el prestador del servicio, en aras
de facilitar su cumplimiento y la posible revisión de fugas en el interior de
los predios. No obstante lo anterior, en el caso del INTERAPAS, para el
Ejercicio Fiscal 2022, la cuota o tarifa fija se seguirá determinando y pagando
bimestral como se ha venido efectuando; lo anterior, con la finalidad de evitar
cualquier confusión en la cantidad a pagar.
El
decreto reforma también los artículos, 7° en sus párrafos, primero y sexto, y
séptimo transitorio en su párrafo primero, del Decreto 238 relativo a la ley de
cuotas y tarifas para la prestación de servicios públicos de agua potable,
drenaje, alcantarillado, saneamiento, y disposición final de aguas residuales
del organismo operador intermunicipal de los municipios de Cerro de San Pedro,
San Luis Potosí, y Soledad de Graciano Sánchez, ejercicio fiscal 2022,
publicado en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis” en edición
extraordinaria del 28 de diciembre de 2021, para establecer congruencia con las
reformas a la Ley de Aguas para el Estado.
Se
realiza adecuación al artículo séptimo transitorio de la precitada Ley de
Cuotas y Tarifas, es para fijar que los usuarios que se adhieran al Programa
“Cuenta Nueva y Borrón”, el transcurso de los seis bimestres o doce meses que
refiere, correrán a partir del momento en que firmen el convenio de adhesión; y
que quien se adhiera a éste no se le cobre la reconexión del servicio de ser el
caso.
Además,
se indica que el cobro total o parcial que el Organismo Operador Intermunicipal
INTERAPAS, hubiera realizado por concepto de aparato medidor al usuario, en el
ejercicio fiscal 2022 en el caso del servicio tipo doméstico, la cantidad
respectiva será devuelta en abono a cuenta de los cobros mensuales o
bimestrales subsecuentes que por este servicio se realicen.
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